Se Dieron a Conocer las Conclusiones del V Coloquio Tributario Hotelero Gastronómico Organizado por Fehgra
Se llevó a cabo en Salta, el 17 de Octubre de 2008, el V Coloquio Tributario Hotelero Gastronómico, organizado por FEHGRA en conjunto con la Cámara de Hoteles, Restaurantes, Confiterías, Bares y Afines de Salta, al cual asistieron alrededor de 150 empresarios y profesionales de todo el país.
Reconocidos especialistas, como los doctores Humberto Bertazza, Daniel Pérez, Adalberto Dalmasio, Hernán Manuel Villa, Marcelo Serra, Sergio Freidzon y Ernesto Otero, abordaron temas de actualidad como el referido a la inminente entrada en vigencia de la Factura Electrónica para la Hotelería y Gastronomía, la problemática de las Tasas Regionales, la presentación del Proyecto de Reglamento de la Desgravación del IVA al turista extranjero, y la complejidad del Régimen Sancionatorio Previsional y Laboral. Se presentó un nuevo análisis del Proyecto de Incentivos Fiscales y Reforma Tributaria impulsado por FEHGRA, que incluye entre otros conceptos la aplicación de un IVA diferenciado para la hotelería y gastronomía similar al implementado en España.
Al cierre del Coloquio se compartieron las siguientes Conclusiones:
1. Debe darse cumplimiento a los dictados de la Ley Nacional de Turismo (L 25997) que en su artículo 1º declara “de interés nacional al turismo como actividad socioeconómica, estratégica y esencial para el desarrollo del país”.
2. En ese sentido debe aprobarse el proyecto de Ley de Incentivos Tributarios, elaborado por FEHGRA para la gastronomía y la hotelería, en aras de promover las inversiones, la contratación de personal y el mejoramiento de la oferta turística.
3. En las fiscalizaciones previsionales y/o laborales se debe garantizar la participación del empleador, a la vez que debe ser informado debidamente del procedimiento a realizarse. Del mismo modo el personal encuestado debe saber que sus respuestas deben ser exactas y no basarse en datos presuntos o estimados.
4. Debe darse cumplimiento a los preceptos constitucionales previstos en la reforma del ´94 en cuanto a que se reformule la Ley de Coparticipación Federal de modo que los fiscos provinciales y municipales perciban sus partidas correspondientes y no precisen recurrir al incremento ilegítimo de tributos, ya sea por aumento de valuaciones, de alícuotas, de la eliminación de exenciones, u otras herramientas de esta índole.
5. Ante estas situaciones resulta muy importante la correcta elección de la vía procesal idónea, a los efectos de obtener de forma rápida y efectiva el restablecimiento de los derechos y garantías conculcados.
6. Hay que buscar un sistema de complementación tributaria entre el nivel provincial y municipal, de manera que no se superpongan los gravámenes de ambos órdenes y se simplifique el cumplimiento de las obligaciones a los contribuyentes.
7. El Régimen de Factura Electrónica debe adaptarse de modo de cubrir las necesidades del Fisco, pero sin que ello signifique una innecesaria complicación al normal desenvolvimiento comercial de los establecimientos hoteleros y gastronómicos.
8. En relación a la Devolución del IVA al turista extranjero en los consumos en hotelería, debe propiciarse la modificación de la Ley de este tributo en su parte pertinente de modo de generar la devolución automática o exención de este servicio. De no avanzarse en esta idea se debería aprobar la reglamentación propuesta por FEHGRA, similar a la vigente para las compras de bienes, con los defectos que la misma inevitablemente contendría.
Fuente: Silvia Montenegro
FEHGRA · Argentina
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